viernes, 15 de marzo de 2013

LOS CÓMPLICES DE LOS AMPAROS


PENA PARA DOS ABOGADOS

Amparos S.A.

 Por Laura Vales
El Tribunal Superior de Justicia de Corrientes sancionó a dos abogados que promovieron más de doce mil medidas de amparo para obtener irregularmente pagos de suplementos en los salarios de gendarmes y prefectos, se sospecha que como parte de un entramado de jueces, abogados y jefes de las fuerzas de seguridad. Los abogados presentaron medidas cautelares al por mayor en juzgados civiles y comerciales de Santo Tomé –que no tienen competencia en el tema–, para conseguir los reajustes. Por el tema, el año pasado ya habían sido destituidos los jueces Humberto de Biase Echeverría y Graciela Duarte. Ahora, el máximo tribunal de Justicia correntino señaló que los abogados “actuaron de mala fe”, por lo que les impuso el pago de un millón doscientos setenta y ocho mil pesos y solicitó que se los investigue penalmente.
La denuncia inicial fue presentada por el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y la ministra de Defensa, Nilda Garré, que ayer se mostró conforme con la resolución. “Es importante porque demuestra que, también a criterio de la Justicia, los amparos estaban llenos de irregularidades no sólo de parte de los jueces, sino además de los abogados que se habían organizado para extraer el máximo de ventaja, con la complicidad de algunos jefes de la Gendarmería”, dijo a Página/12. Para la ministra, la sospecha de que actuó una asociación ilícita “queda corroborada en que en la Gendarmería llegaron a liquidar sueldos con estos suplementos, incluso antes de que fueran dictados los amparos, sabiendo que iban a salir”. Según su estimación, estas maniobras defraudaron al Estado en unos 200 millones de pesos.
Los sancionados son el matrimonio de abogados de Nelson Amílcar Serial y Josefa Raquel Milan, dueños del estudio jurídico que iniciaba los expedientes. La maniobra investigada comenzaba con la solicitud de una cautelar para que a los gendarmes se les pagaran suplementos. Los abogados incluyeron en estas presentaciones a gendarmes de todo el país. Los juzgados en lo Civil y Comercial de Santo Tomé no tenían competencia para actuar –porque los reclamos salariales de gendarmes y prefectos son de otro fuero, el federal–, y además no correspondía que allí se presentaran demandas de otros lugares del país. Los jueces provinciales debían declararse imcompetentes y pasar el pedido a la Justicia Federal, pero en lugar de esto De Biase y Duarte al principio no se declaraban incompetentes y concedían los amparos de manera inmediata.
En este caso puntual, los abogados presentaron 53 acciones y lograron con ellas que los jueces se las concedieran de un plumazo para 12.674 beneficiarios. Una vez que se hacían los reajustes salariales, los jueces se declaraban incompetentes, pero no enviaban los expedientes a la Justicia federal, sino que los cajoneaban durante meses, durante los que la Gendarmería seguía liquidando los sueldos beneficiados con las cautelares.
Para el Tribunal Superior, no quedan dudas de que los abogados eligieron promover las cautelares en esos juzgados conscientes de que no tenían competencia, pero “sabiendo de que se les concedería la petición”.
De otra manera se hubieran presentado los amparos en los juzgados federales del domicilio de los amparistas, como correspondía. La resolución encuadra la maniobra en lo que se conoce como “forum shopping”, un concepto “que en la jerga tribunalicia de nuestro país” se usa para aludir “a los trucos de jueces y abogados para manipular a la Justicia”.
En otro párrafo, el tribunal señala que hubo “una suerte de confabulación” de los abogados “con los propios jueces”, “obviamente para perjudicar a la parte contraria (el Estado nacional)”. La sanción económica se hizo en base a un cálculo de la “responsabilidad patrimonial” del estudio jurídico, equivalente “a cien pesos por beneficiario más 200 pesos por acción judicial emprendida”, lo que dio un total de 1.278.000 pesos. Por otra parte, la Justicia pidió al Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados que evalúe la conducta ética de los profesionales y remita para su conocimiento la copia de la resolución a la AFIP para que evalúe su crecimiento patrimonial.

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-215865-2013-03-15.html

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