Impuesto a las Ganancias
Por Alfredo Zaiat en Página12 24/11/12
Cuando los contribuyentes con mayor capacidad patrimonial y de rentas pagan más impuestos en proporción a sus ingresos se define la característica de progresivo del sistema tributario. Por eso el impuesto a las Ganancias aplicado en escalas de ingresos y alícuotas crecientes es considerado progresivo, mientras que el impuesto al Valor Agregado con una tasa uniforme sin considerar el nivel de ingreso del contribuyente es calificado regresivo. Esto significa que los estratos sociales de mayores ingresos en términos relativos deben tributar proporcionalmente más en un régimen impositivo progresivo; y si lo hacen menos, la estructura de recaudación sería regresiva. Una u otra orientación del sistema tributario determina rasgos de equidad y de distribución del ingreso en la economía. Estos conceptos básicos han quedado en un torbellino de confusión con discursos, movilizaciones y piquetes desde la crisis por las retenciones móviles, en 2008, y desde hace un par de años por el reclamo sindical de suba del mínimo no imponible en el impuesto a los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia, conocido como impuesto a las Ganancias cuarta categoría.
El sistema tributario entonces es progresivo cuando el peso de la recaudación descansa en porcentajes crecientes en impuestos que pagan los sectores de mayor capacidad contributiva en la pirámide de ingresos del país. La estructura tributaria argentina es de base regresiva debido a que predominan los impuestos indirectos. Desde 2003 ha avanzado en rasgos de progresividad por la aplicación de retenciones a exportaciones favorecidas por elevados precios internacionales de las materias primas. También por la tarea de fiscalización de la AFIP que significaron un aumento de la recaudación de Ganancias, y por la ampliación del universo de trabajadores alcanzados por el impuesto a los ingresos. El total de la recaudación de impuestos, recursos de seguridad social y aduaneros en relación con el Producto Bruto Interno aumentó de 21,1 a 31,8 por ciento de 2003 a 2011. En ese mismo período, el IVA pasó de 12,3 a 17 por ciento del PBI, mientras que Ganancias lo hizo de 3,9 a 5,9 por ciento. En ambos tributos la evolución de su tasa incremental (50 por ciento) ha sido similar. El factor que mejoró la progresividad del sistema fue las retenciones, que pasaron a representar casi 3 por ciento de la recaudación total sobre el PBI. Esto indica la relevancia de las retenciones como política de redistribución del ingreso, como también la necesidad de reformar el capítulo impuesto a las Ganancias, definiendo criterios de equidad tributaria y eliminando privilegios para aumentar su peso relativo en la estructura impositiva.
El debate por las retenciones, la carga que alcanza al 20 por ciento superior de la escala salarial de los trabajadores formalizados, el pago a cuenta de Ganancias y Bienes Personales de consumos en el exterior realizados con tarjetas de crédito o débito, o la evaluación de la AFIP de la capacidad contributiva para la venta de dólares a turistas al exterior son todas medidas que apuntan a sumar progresividad en la estructura tributaria. Rechazarlas pone en discusión el contrato social básico de pago de impuestos para financiar el funcionamiento del Estado. Exponen también la brecha entre el discurso y la acción de sectores que reclaman iniciativas para repartir mejor la riqueza y proponen medidas económicas y sociales regresivas.
El aspecto más notable de la discusión sobre impuestos es que cada sector se queja por lo que tiene que pagar, reclama que paguen más otros y exige al mismo tiempo mejorar la distribución del ingreso porque están indignados por la cantidad de pobres. Cada uno de los protagonistas de las diferentes tensiones impositivas de los últimos años ha mostrado diversos grados de incoherencia, sobresaliendo el titular de la Federación Agraria, Eduardo Buzzi, porque intervino en todas. Si se concretaran sus demandas, incluyendo una fuerte devaluación, no habría retenciones, impuesto al cheque ni impuesto a los ingresos de los salarios medios y altos; o sea, se desfinanciaría el Estado que critica porque no disminuye la pobreza. Es el caso emblemático de los despropósitos conceptuales y prácticos sobre el tema impositivo que expresa un amplio abanico de dirigentes políticos, sociales y sindicales de vertientes ideológicas distintas.
Las cinco centrales sindicales coinciden en pedir el aumento del mínimo no imponible del impuesto a los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia. Esa medida, aislada, es regresiva en términos de equidad tributaria y económica. Además de involucrar a una minoría del universo laboral, favorecería proporcionalmente más a los trabajadores de más altos ingresos. Si bien el impuesto a las Ganancias es progresivo, el reclamo sindical acompañado por fuerzas de centroizquierda e izquierda es regresivo porque el beneficio resultante del aumento favorece a los que más ganan.
Este conflicto adquiriría un perfil amplio y de mayor consistencia si la demanda hacia el Gobierno se dirigiera a reformar los aspectos cuestionados del capítulo Ganancias. Si la extraordinaria energía puesta en exigir sólo la suba del mínimo no imponible, esfuerzo de tal magnitud que llevó a un grupo sindical a cercar con piquetes la Capital Federal, se orientara a plantear cambios profundos en ese tributo, sería un importante salto cualitativo. El impuesto a las Ganancias sobre trabajadores en relación de dependencia requiere de modificaciones en las escalas de ingresos, en la progresividad de las alícuotas para cada una de ellas, en los conceptos incluidos en las deducciones y sus respectivos porcentajes y, después sí, evaluar el monto del mínimo no imponible.
Estos cambios no serían suficientes para profundizar la progresividad del sistema si el Gobierno no avanzara en el régimen general de Ganancias que mantiene exenciones inequitativas. Personas físicas no pagan el impuesto sobre la renta financiera (intereses de plazos fijos, dividendos de acciones y renta de títulos de deuda públicos y privados). Tampoco están gravadas las ganancias de capital que obtienen las personas físicas por la venta de activos (empresas o inmuebles). Es una de las características más regresivas del sistema impositivo argentino. El dueño de una compañía la vende en 100 millones de pesos cuando el valor patrimonial contabilizado es de 10 millones y no paga nada por esa ganancia de 90 millones. Los regímenes de Chile y Brasil, por ejemplo, alcanzan con el impuesto a las Ganancias esa utilidad.
Otro de los rasgos de inequidad tributaria es el privilegio de la corporación judicial cuyos salarios están exentos del pago del impuesto a las Ganancias. El titular de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, tuvo la oportunidad como máxima autoridad de uno de los poderes del Estado de convocar a sus miembros a eliminar ese privilegio en la Quinta Conferencia Nacional de Jueces, que se realizó en Mendoza, a mediados de octubre pasado. Lo pudo haber hecho cuando expresó que en el país “la igualdad está en crisis”, para agregar que “no es algo abstracto, nunca se ha hablado tanto de igualdad y se ha hecho tan poco”. En ese retrato general no mencionó que jueces, fiscales y secretarios de los juzgados no pagan el impuesto a las Ganancias, además de gozar de jubilaciones de privilegio. Hubo un intento del Gobierno de debatir esa desigualdad en una presentación que realizó el titular de la Anses, Diego Bossio, en el Congreso. No recibió adhesiones. Más bien hubo mensajes de disconformidad de la corporación judicial a esa pretensión de hacer en lugar de hablar de igualdad. Esos mensajes advertían sobre la eventualidad de avanzar en fallos judiciales vinculados con el sistema previsional que pondrían en situación de insolvencia el régimen jubilatorio.
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